martes, julio 25, 2017

Sobre Proyecto De Ley De Libertad Religiosa

Sobre Proyecto De Ley De Libertad Religiosa
Por Diego Mendieta*

En innumerables documentos propios y compartidos con otras comunidades y espacios ecuménicos señalamos que en noviembre de 2015 “el pueblo argentino democráticamente eligió un nuevo gobierno que resultó ser una estafa; un gobierno antidemocrático, un bloque de poder conformado por un sector de la política, del poder financiero, los medios masivos de comunicación y la corporación judicial”, pero que también cuenta con un fuerte respaldo religioso de sectores conservadores de la iglesia católica y evangélica a quienes tiene que favorecer.

El proyecto de Ley 0010/PE/2017 sobre Libertad Religiosa, enviado por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso de la Nación el 12 de junio de 2017, fue elaborado por la Secretaría de Culto, a cargo de Santiago de Estrada, – ex funcionario de la dictadura militar como Secretario de Seguridad (1976-1983) y simultáneamente interventor del Instituto Nacional de Servicios para Jubilados y Pensionados (1979-1983) -.

El proyecto contó con la asesoría y la pluma de los católicos ultra-conservadores Loprete, Bosca, Navarro Floria y Padilla. Y recogió el aporte de la mesa consultiva conformada por federaciones y asociaciones como ACIERA, FECEP (ambas oficialistas e impulsoras del proyecto), Asociación Bautista Argentina, los Adventistas y FAIE (organismo ecuménico de corte progresista) entre otras.

También logró el apoyo de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA), la DAIA, la AMIA, el Centro Islámico de la Argentina, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y la Católica Apostólica Ortodoxa del Patriarcado de Antioquía.

El proyecto busca “consagrar una protección más completa a la libertad religiosa”, un derecho ya garantizado en la Constitución Nacional por el artículo 14 que consagra la profesión libre de culto, protegiendo la libertad religiosa y de conciencia.

Lejos de tender a fortalecer un Estado laico que garantice una genuina igualdad religiosa, busca favorecer un Estado pluriconfesional, con una fuerte incidencia de lo religioso en el ejercicio de los derechos ciudadanos y lo público.

Es una ley que no solo pretende seguir sosteniendo los privilegios de la Iglesia Católica Romana en Argentina, sino que le otorga parte de esos privilegios a las Iglesias Evangélicas o cultos no católicos, en nombre de la libertad.

En relación a este punto, es necesario resaltar que la igualdad religiosa y la libertad de culto no deben implicar la equiparación de los privilegios – hasta ahora garantizados solo a la Iglesia Católica Apostólica Romana – por encima de cualquier otra forma organizativa de la sociedad. Por el contrario, la igualdad religiosa solo será posible cuando la misma sea fruto de un Estado Laico que verdaderamente garantice la existencia de todas las creencias, sin ninguna imposición y/o privilegios.

Por otro lado, la regulación propuesta es claramente un proyecto de ley anti-derechos, que atenta contra las conquistas que el conjunto de la sociedad ha conseguido a fuerza de lucha.

Así, “el derecho a la objeción de conciencia, de las personas y de las instituciones” que promulga el proyecto, apunta a empoderar jurídicamente a un sector político, religioso y conservador que histórica y sistemáticamente se opone a toda ampliación de derechos para nuestro pueblo.

Ejemplo de ello son las leyes de Matrimonio Igualitario, de Identidad de Género, de Educación Sexual Integral y de Aborto No Punible, entre otras. Éstas, para poder implementarse y volverse efectivas, necesitan obligatoriamente de la intervención de médicos/as, jueces, funcionarios/as públicos/as, profesores/as, maestros/as y de las instituciones, entre otros/as, que contienen a dichos/as profesionales.

Con el nuevo proyecto y el alcance que el mismo otorga en relación a la posibilidad de ejercer la objeción de conciencia, cualquiera de los/as profesionales y funcionarios/as mencionados/as se podría negarse a dar una clase de educación sexual y procreación responsable, casar a personas del mismo sexo o a practicar un aborto no punible sin que se especifique en la misma ley la obligación del estado a garantizar el acceso a ese derecho en manos de otro/a profesional.

Peor aún, esa objeción de conciencia podría ser invocada por toda una institución, sea esta una escuela, registro civil o una clínica/hospital.

Esta injerencia sobre la vida cotidiana de nuestro pueblo y el acceso a derechos reconocidos en leyes nacionales, deja en claro que el debate no solo debe alcanzar al campo religioso. Este proyecto debe ser debatido por el pueblo organizado, por la comunidad educativa, por los colectivos de LGTBI, por el movimiento de mujeres, las organizaciones de DDhh etc.

Somos todos/as quienes debemos ponernos a debatir. Debemos sentirnos interpelados/as y movilizados/as ante esta reforma tan significativa que, en caso de avanzar, representaría un enorme retroceso.

* Pastor Pentecostal


Reflexiones - Dimensión de Fe Semanario Oficial de la Comunidad Pentecostal Dimensión de Fe, una Iglesia de todos y para todos... Pensamientos Reflexiones y Noticias que abordan temas actuales desde una perspectiva Teológica y Pastoral. Manuel Artigas 6989 (Mataderos), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

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